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10 consejos prácticos para proteger sus marcas

En palabras de Nuria Marcos, de Mundo Franquicia:
Los expertos en franquicias conocen bien la importancia de elegir un buen nombre, que constituye la base sobre la que se asienta toda la arquitectura de su negocio. Cualquier denominación que pretenda tener éxito en el mercado ha de ser distintiva, evocadora, eufónica, fácil de pronunciar y..., registrable como marca. Por eso, y para conseguir el éxito no sólo comercial, sino también jurídico, de la marca de su franquicia, en España y fuera de nuestras fronteras, es interesante tener en cuenta unas pautas básicas:

primero
La protección de las marcas es un elemento esencial para la franquicia: la venta de productos o la prestación de servicios franquiciados depende enormemente de la imagen de la empresa, plasmada en su marca. Si la marca de la empresa no está protegida, será más dificultoso hacer valer sus derechos, y los de sus franquiciados, en caso de copia por un tercero o por un franquiciado desleal. Por eso, no presente su franquicia ni en España, y menos en el extranjero, si aún no ha solicitado el registro de la marca; podrían adelantársele. Además, para inscribir su franquicia en el Registro de Franquiciadores del Ministerio de Economía y Hacienda, es imprescindible tener sus marcas concedidas y en vigor, o bien una licencia de uso de una marca registrada.

segundo
El uso de una marca sin tenerla registrada puede suponer una violación de las marcas o derechos de otra persona, que podría demandarle por utilizar un nombre que se confunde con el suyo. Por eso, antes de utilizar una marca, es preciso tenerla registrada.

tercero
Con carácter previo a la solicitud de cualquier marca, conviene realizar una investigación previa, que pueda revelar la existencia de otros registros anteriores, iguales o parecidos al suyo. De esta forma ahorrará tiempo y dinero, y podrá efectuar las variaciones necesarias para que su solicitud tenga más posibilidades de éxito.

cuarto
El registro de las marcas es de ámbito territorial, es decir, no por registrar las marcas en nuestro país, la protección se extiende a todo el mundo. Para ello, será necesario solicitarlas en las oficinas nacionales o regionales de marcas de los países en los que quiera implantar su franquicia.

quinto
La legislación de marcas y los procedimientos de protección son distintos en cada país. Por eso, es indispensable contar con el asesoramiento de un profesional de la Propiedad Industrial, que le orientará sobre la mejor manera de registrar sus marcas y defender sus derechos, en España y en el extranjero.

sexto
La normativa española de marcas, en concreto, prevé una serie de prohibiciones de registro, de modo que, no pueden solicitarse como marcas, entre otros, los signos que:

- No se ajusten al concepto de marca, bien por no ser susceptibles de representación gráfica, como los olores o los sabores, o bien por carecer de aptitud diferenciadora, por tratarse de un signo banal (un punto, una coma, una raya...), o excesivamente complejo.

-Estén exclusivamente compuestos por indicaciones descriptivas de los productos o servicios, como pueden ser los que designan la especie, calidad, cantidad, o la procedencia geográfica, que no pueden ser monopolizados

-Estén exclusivamente compuestos de indicaciones que se hayan convertido en usuales para distinguir los productos o servicios en las costumbres del comercio: web, adsl

-Consistan en formas impuestas por la naturaleza o la forma del producto

-Sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres

-Iinduzcan a error al público consumidor, por ejemplo, sobre la naturaleza, calidad o procedencia geográfica del producto o servicio

-Contengan o consistan en indicaciones geográficas referentes a vinos, para aplicarlas a bebidas que no tengan esa procedencia, pues podrían confundir al consumidor.

-Reproduzcan o imiten denominaciones o símbolos oficiales españoles, o de organizaciones internacionales: la bandera de España, el símbolo del euro, las estrellas de la UE, a menos que se obtenga autorización.

Además, la Ley también impide el registro de una nueva marca si existen otros derechos anteriores que resultan incompatibles con ella, ya que pueden dar lugar a confusión entre los consumidores, o suponer un aprovechamiento indebido de la reputación ajena. Estos derechos previos pueden ser:

-Derechos de propiedad industrial anteriores: marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimiento, diseños registrados.

-Derechos de propiedad intelectual

-Derechos de la personalidad (nombres civiles, imágenes, seudónimos)

-Razones sociales notorias anteriores.

séptimo
La nueva Ley de Marcas ha eliminado el trámite del examen de oficio de las nuevas solicitudes, por tanto, una vez presentada su marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas, deberá oponerse a cualquier nueva solicitud igual o parecida a la suya, en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, para evitar que se conceda.

octavo
Existen Convenios Internacionales y sistemas regionales de protección de las marcas que permiten registrarlas en otros países de forma más rápida, sencilla y económica. Además, en casi todos los países, se puede hacer valer su derecho de prioridad, para solicitar las marcas en el extranjero hasta 6 meses después de la nacional, y recibir la misma fecha de presentación que la española.

noveno
Tan importante como registrar su marca es proteger el diseño del interior de sus locales, para defenderse de plagios, o evitar que los franquiciados lo sigan usando si finaliza su contrato.

décimo
Déjese aconsejar por su Agente de Propiedad Industrial, quien le asesorará sobre la mejor manera de proteger sus marcas y diseños, le informará puntualmente de las nuevas solicitudes por si quiere oponerse a ellas, le avisará del vencimiento de los pagos de mantenimiento de sus registros, pondrá a su disposición toda una red de corresponsales en el extranjero, y ejercitará las acciones legales pertinentes en defensa de sus derechos.
Fuente: Business Opportunities en Español.

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2 Comentarios:

Blogger Pau Morata dijo...

Hola! Tengo un blog de reflexión sobre el diseño gráfico en Barcelona que se extiende rápidamente. Me gustaría tener contactos con diseñadores de otros países y en especial de la america latina para poder compartir ideas, reflexiones y noticias.
Si quieres hechar un vistazo, te espero en pauxpaux informa www.pauxpaux.blogspot.com

11/10/06 08:52  
Blogger 531 dijo...

Gracias por la invitación. :-)

12/10/06 01:00  
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